Concepto
Según el artículo 1101 del Código Civil dominicano, el contrato es un convenio por el cual una o varias personas se obligan frente a otra u otras a dar, hacer o no hacer alguna cosa.En palabras simples: un contrato es un acuerdo de voluntades que crea una obligación jurídica entre las partes. No es solo una conversación o una promesa moral; es un acuerdo que puede producir efectos legales.
Además, para que una convención sea válida en el Código Civil dominicano, el artículo 1108 exige cuatro condiciones esenciales: consentimiento, capacidad para contratar, objeto cierto y causa lícita. Y una vez el contrato está legalmente formado, tiene fuerza de ley entre las partes y debe ejecutarse de buena fe, conforme al artículo 1134.
Ejemplo práctico
Un contrato de alquiler fija el inmueble, el precio, la duración y las obligaciones del propietario y del inquilino.