Convención sobre el Reconocimiento y la Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras
La Convención de Nueva York de 1958 establece un marco internacional para el reconocimiento y la ejecución de laudos arbitrales extranjeros, facilitando que las decisiones emitidas mediante arbitraje puedan hacerse efectivas en los Estados que forman parte de la Convención.