Concepto
Unión de hecho estable, singular y pública de dos personas que forman un hogar sin matrimonio, a la que el ordenamiento reconoce efectos cuando se cumplen las condiciones constitucionales y legales.Ejemplo práctico
Al terminar una convivencia prolongada, una de las partes solicita el reconocimiento de los efectos patrimoniales derivados de la unión de hecho.