Según el artículo 1101 del Código Civil dominicano, el contrato es un convenio por el cual una o varias personas se obligan frente a otra u otras a dar, hacer o no hacer alguna cosa. En palabras simples: un con...
Glosario Jurídico
Términos legales explicados con lenguaje claro y contexto dominicano para consultar, estudiar y compartir.
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Acuerdo por el cual una persona presta un servicio personal bajo dependencia y dirección de otra, a cambio de una remuneración, cualquiera que sea la denominación utilizada por las partes.
Revisión directa de constitucionalidad atribuida al Tribunal Constitucional sobre leyes, decretos, reglamentos, resoluciones y ordenanzas, con los efectos generales previstos por la Constitución y la ley.
Facultad y deber de los tribunales de examinar la constitucionalidad de una norma al resolver un caso concreto y, si corresponde, dejar de aplicarla en ese proceso.
Acuerdo de voluntades entre dos o más personas destinado a crear, modificar, transmitir o extinguir relaciones jurídicas, dentro de los límites de la ley y el orden público.
Acuerdo celebrado entre una o varias organizaciones de trabajadores y uno o varios empleadores para establecer condiciones de trabajo y regular sus relaciones colectivas.
Situación en la que dos o más personas son titulares de cuotas indivisas sobre un mismo bien, sujetas a reglas de uso, administración, disposición y partición.
Autoridad y efecto vinculante de una decisión judicial firme, que impide volver a decidir el mismo litigio cuando concurren las identidades exigidas por la ley.
Gastos del proceso que la ley permite incluir en una condenación y poner a cargo de una parte mediante decisión judicial, según la materia y las reglas aplicables.
Facultad reglada del Ministerio Público para prescindir, limitar o suspender la persecución penal en los casos expresamente autorizados por la ley y bajo los controles correspondientes.
Juicio de reproche personal por la realización de una conducta típica y antijurídica cuando el autor podía comprenderla y actuar conforme al derecho.
Participación en que se divide el capital de una sociedad de responsabilidad limitada y que atribuye a su titular derechos económicos y políticos conforme a la ley y los estatutos.