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Comparecencia personal. Declaración indelegable. Personas jurídicas. La comparecencia personal permite al juez interrogar directamente a las partes sobre hechos de su conocimiento. Cuando se trata de una persona física, esta diligencia no puede cumplirse por medio de un apoderado, aunque disponga de un poder especial o el tribunal haya autorizado su intervención, pues el representante no sustituye el conocimiento per...
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