Detalle
Muerte del imputado. Extinción de la acción penal. Responsabilidad civil. El fallecimiento del imputado extingue la acción penal por el carácter personal de la responsabilidad, pero no obliga a desestimar los reclamos civiles válidamente ejercidos. El tribunal puede pronunciarse sobre la reparación del daño y la responsabilidad del tercero civilmente demandado cuando estén acreditados sus presupuestos. La extinción p...
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