Detalle
Extinción de la acción penal. Cosa juzgada. Non bis in idem. Una decisión que declara extinguida la acción penal y adquiere firmeza impide continuar la persecución por la misma causa. La interposición y posterior acogimiento de una vía recursiva improcedente no deshacen esa autoridad ni permiten reabrir el proceso. Bajo el régimen procesal aplicable al caso, la extinción solo podía impugnarse mediante casación; al re...
Pro
Continúa con acceso completo
AbogaDom Pro incluye todas las jurisprudencias y elimina los anuncios de la app.
Ver AbogaDom Pro Ya soy Pro · Iniciar sesión La suscripción se activa y administra desde la app.