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Revisión judicial tributaria. Plazo franco. Días hábiles. El plazo de quince días para interponer el recurso de revisión en materia tributaria es franco, pero no se computa exclusivamente en días hábiles. La regla de la Ley núm. 107-13 sobre días hábiles rige el procedimiento ante la Administración y no se extiende automáticamente a los recursos contra sentencias judiciales. En el cómputo a partir de la notificación...
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