Detalle
Amparo. Revisión constitucional. Derecho a recurrir.
La revisión constitucional de sentencias de amparo no constituye una segunda instancia para resolver nuevamente el conflicto entre las partes. Su admisión exige especial trascendencia o relevancia constitucional y permite comprobar si la sentencia impugnada vulnera derechos fundamentales. El derecho a recurrir no obliga a establecer apelación en todas las materias.
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Decisión vinculada a esta ficha.