Detalle
Revisión constitucional. Plazo. Notificación. El plazo para interponer la revisión constitucional de una decisión jurisdiccional se cuenta desde la notificación válida de la sentencia y comprende treinta días francos y calendario. La revisión exige comprobar una lesión constitucional; en el caso examinado no se acreditó vulneración del debido proceso ni del derecho de defensa.
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