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Información pública. Reserva legal. Intimidad. El acceso a la información pública puede limitarse cuando existan intereses públicos o privados preponderantes protegidos por la ley. La información sujeta a confidencialidad o reserva legal no debe entregarse por el solo hecho de ser solicitada. En el caso examinado, la negativa de acceso no vulneró ese derecho.
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