Detalle
Valoración probatoria. Motivación. Derecho de defensa. La apreciación de las pruebas corresponde a los tribunales del Poder Judicial. En revisión constitucional, el desacuerdo con esa valoración no acredita por sí solo una lesión al derecho de defensa. En el caso examinado, no se comprobó falta de motivación ni omisión de respuesta a los planteamientos de la parte.
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