Organización judicial y procedimiento de casación
La Ley núm. 4845 desarrolla la reorganización judicial prevista por la Constitución de 1908. Establece dos cortes de apelación, con asiento en Santo Domingo y Santiago, y regula el procedimiento de casación ante la Suprema Corte de Justicia. También organiza los tribunales, sus funcionarios y auxiliares. Su entrada en vigor se fija para el 1 de julio de 1908, consolidando la separación entre la apelación y el control de legalidad de las sentencias.