Cronología Jurídica Dominicana

La historia de una nación a través de su derecho. Un recorrido por las ideas, las luchas y las decisiones que han forjado la República Dominicana.

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  1. 1867

    1. Instituciones y tratados

      Ratificación dominicana del tratado de amistad y comercio con Estados Unidos

      José María Cabral ratifica, por la parte dominicana, el tratado firmado el 8 de febrero con Estados Unidos y aprobado por el Congreso en mayo. El texto contempla amistad, comercio, navegación y extradición. Este acto corresponde a la ratificación dominicana; la entrada en vigor requería cumplir el procedimiento bilateral previsto en el tratado.

    2. Legislación

      Ley sobre aplicación y contabilidad del presupuesto

      Se fijan reglas para la autorización, ejecución y contabilidad del presupuesto público. La ley exige aprobación legislativa de ingresos y gastos, impide destinar los fondos a fines distintos de los autorizados y regula la responsabilidad de los agentes que ordenan o realizan pagos irregulares.

    3. Legislación

      Adopción del sistema métrico decimal

      Se establece el sistema métrico decimal francés como sistema de pesas y medidas de la República. El decreto prevé una aplicación gradual, con tablas de equivalencias, patrones de medida y enseñanza obligatoria en las escuelas, para uniformar las transacciones y las actuaciones civiles y judiciales.

    4. Legislación

      Asignación de rentas propias a los ayuntamientos

      Se destina a los ayuntamientos la mitad de la contribución de patentes y se les permite proponer otros arbitrios sujetos a aprobación del Congreso. La disposición vincula estas rentas a obligaciones de presupuesto y rendición de cuentas, reforzando las bases financieras de la administración municipal.

    5. Instituciones y tratados

      El Congreso proclama a Benito Juárez «Benemérito de la América»

      El Congreso dominicano reconoce a Benito Juárez como «Benemérito de la América» por su defensa de la soberanía mexicana frente a la intervención francesa. El pronunciamiento expresa la solidaridad dominicana con México, antes del establecimiento formal de relaciones diplomáticas entre ambos países.

    6. Legislación

      Apertura del puerto de San Pedro de Macorís al comercio exterior

      Se habilita el puerto de San Pedro de Macorís para el comercio exterior y se organiza su administración de Hacienda, encargada de las funciones aduaneras. La disposición incorpora este puerto al régimen de recaudación y control del comercio marítimo de la República.

    7. Legislación

      Facultades extraordinarias, estado de sitio y amnistía

      Ante la rebelión contra el gobierno de José María Cabral, el Congreso le concede facultades extraordinarias en octubre. En noviembre, el Ejecutivo declara el estado de sitio y la ley marcial en todo el territorio, con comisiones militares sin apelación. En diciembre ofrece amnistía a quienes depongan las armas y regresen pacíficamente a sus hogares.

    8. Legislación

      Deuda pública y control congresual del endeudamiento

      El Congreso autoriza negociar un empréstito de hasta 400,000 libras esterlinas, sujeto a su posterior aprobación. El Ejecutivo organiza la clasificación de la deuda pública y la expedición de títulos aceptables en parte de los derechos aduaneros. En diciembre, el Congreso rechaza por oneroso el contrato de empréstito concertado en París con Emilio Erlanger y Compañía.

    9. Legislación

      Fomento agrícola, colonización e inmigración

      Se autoriza contratar proyectos agrícolas, de colonización e inmigración mediante concesiones de tierras y exenciones. Otras disposiciones crean comisiones agrícolas provinciales y distritales y establecen premios y facilidades para determinados cultivos. Estas medidas buscan ampliar la producción y el aprovechamiento de los terrenos nacionales.

  2. 1866

    1. Legislación

      Reglamento de educación pública de 1866

      El Reglamento núm. 983 organiza la dirección, inspección y enseñanza pública y privada, y establece la gratuidad en los centros públicos. Prevé escuelas para niños y niñas y un Instituto Profesional, regula maestros y exámenes y prohíbe expresamente los castigos corporales en los establecimientos de enseñanza.

    2. Legislación

      Nuevo encargo de traducción y adaptación de los códigos franceses

      La Resolución núm. 972 acepta las propuestas de Pedro A. Bobea y Carlos Nouel para traducir y adaptar los códigos civil, penal, comercial y de procedimiento civil de la Restauración francesa. Autoriza al ministro de Justicia e Instrucción Pública a contratar esos trabajos, ante las dificultades de aplicar textos en francés y poco ajustados a la organización nacional. Constituye un nuevo paso preparatorio de la codificación dominicana, sin equivaler a la promulgación de los códigos.

    3. Legislación

      Reglamento Orgánico Judicial de 1866

      El Reglamento núm. 966 reorganiza la Suprema Corte, los juzgados de primera instancia y de comercio, los consejos de guerra y las alcaldías. Declara la independencia del Poder Judicial y regula a sus magistrados y oficiales, sustituyendo expresamente la ley de organización judicial del 19 de mayo de 1855.

    4. Legislación

      Reorganización de los ayuntamientos y de la hacienda municipal

      El Decreto núm. 957 dispone ayuntamientos en las cabeceras provinciales y de distrito y en las demás comunes, con regidores y síndicos elegidos por sufragio directo y mandatos de dos años. Regula sus atribuciones, presupuestos, bienes comunales y responsabilidad ante los tribunales. Exige rendir cuentas a la Cámara de Cuentas y publicar el resumen anual, desarrollando la organización municipal de la República restaurada.

    5. Legislación

      Restablecimiento del decreto de ejecución de expulsados sin salvoconducto

      El Decreto núm. 956 de José María Cabral vuelve a poner en vigor el del 8 de abril de 1856, ante noticias del regreso de expulsados con intenciones hostiles. Aquella norma autorizaba fusilarlos sin formación de causa tras identificar su persona, si desembarcaban sin salvoconducto. La medida evidencia la tensión entre las garantías constitucionales de la República restaurada y el recurso a disposiciones excepcionales de seguridad.

    6. Constituciones

      Constitución de 1866

      La Constitución de 1866 reconoce los poderes Legislativo, Ejecutivo, Judicial y Municipal, y establece un Congreso de diputados elegidos por voto directo. Reafirma garantías como la libertad individual, el juez natural, la libertad de imprenta y la asociación pacífica, y reconoce la independencia de los ayuntamientos respecto del gobierno político provincial.

    7. Legislación

      Convocatoria a la elección presidencial por voto directo

      El Decreto núm. 933 convoca a la ciudadanía a elegir directamente al presidente de la República. Regula las listas de ciudadanos mayores de dieciocho años, fija la votación para los días 28 al 30 de agosto y encarga a la Convención Nacional el cómputo general y la proclamación del resultado.

    8. Contexto político y social

      Triunvirato de 1866 y restablecimiento de la Constitución de 1865

      Pedro Antonio Pimentel, Gregorio Luperón y Federico de Jesús García integran un Triunvirato que desconoce el gobierno de Buenaventura Báez. El decreto del 5 de mayo anula los actos de Báez emitidos desde el 24 de abril y mantiene la Constitución de noviembre de 1865; la entrega de los despachos del gobierno se formaliza el 29 de mayo.

    9. Legislación

      Adopción provisional de la ley francesa de minas

      El Decreto núm. 913 pone provisionalmente en vigor la ley francesa de minas del 21 de abril de 1810, en cuanto no contradiga la Constitución y las leyes dominicanas. Busca suplir la falta de una regulación minera suficiente y adapta el plazo de publicidad de las solicitudes a las condiciones del país.

  3. 1865

    1. Constituciones

      Constitución de 1865: reorganización de la República

      La Constitución del 14 de noviembre de 1865 reorganiza la República después de la Restauración. Reconoce los poderes Legislativo, Ejecutivo, Judicial y Municipal, establece un Congreso bicameral y un período presidencial de cuatro años sin reelección inmediata. Prohíbe la pena de muerte por delitos políticos, la proscripción y la confiscación de bienes; también suprime la prisión por deudas, salvo bancarrota fraudulenta y estafa, y protege la expresión sin censura previa.

    2. Legislación

      Deuda consolidada y Junta de Crédito Público

      Los decretos núms. 879 y 880 crean una deuda nacional consolidada al seis por ciento anual y una Junta de Crédito Público. Buscan retirar papel moneda depreciado, obtener recursos para el Estado y organizar la emisión, registro y amortización de los títulos de deuda después de la guerra.

    3. Legislación

      Convocatoria constituyente mediante sufragio directo

      El Decreto núm. 865 convoca la elección de diputados para una asamblea constituyente mediante sufragio directo, denominado «universal» en el texto de la época. Fija la votación para el 1 de septiembre y la reunión de la asamblea para el día 24, dentro del proceso de reorganización constitucional posterior a la Restauración.

    4. Legislación

      Abolición de la pena de muerte y del destierro por causas políticas

      El Decreto núm. 864 declara abolidas la pena de muerte y la de destierro por causas políticas. La medida amplía las garantías frente a la persecución política después de la Restauración; su alcance se limita a esas causas y no supone la abolición general de la pena capital.

Una selección histórica en desarrollo. La inclusión de una norma no indica su vigencia actual.

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