Plazo para presentar reclamaciones antiguas contra el Estado
La Ley núm. 4880 fija el 1 de enero de 1910 como límite para presentar reclamaciones contra el Estado originadas antes del 1 de julio de 1904, bajo la consecuencia de no ser reconocidas si se presentan después. También regula el depósito de títulos de créditos ajustados. La medida forma parte de la depuración y ordenación de las obligaciones públicas durante el proceso de arreglo de la deuda.