Contradicción de una conducta típica con el ordenamiento jurídico; queda excluida cuando existe una causa de justificación reconocida, como la legítima defensa.
Glosario Jurídico
Términos legales explicados con lenguaje claro y contexto dominicano para consultar, estudiar y compartir.
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Recurso ordinario mediante el cual una parte pide a un tribunal superior que revise, dentro de los límites impugnados, una decisión dictada por un tribunal inferior.
Aceptación expresa o tácita de una decisión judicial, que normalmente implica renunciar a impugnarla mediante actuaciones incompatibles con la voluntad de recurrir.
Mecanismo de solución de controversias por el cual las partes someten su disputa a uno o varios árbitros, cuya decisión o laudo es obligatoria y puede ejecutarse judicialmente.
Contrato por el que una parte concede temporalmente a otra el uso o disfrute de una cosa a cambio de un precio, sin transferir su propiedad.
Órgano deliberativo formado por los socios o accionistas que adopta las decisiones reservadas por la ley o los estatutos, mediante convocatoria, quórum y mayorías aplicables.
Medida de coerción pecuniaria impuesta por un tribunal para presionar al obligado a cumplir una decisión judicial. Puede fijarse por cada día u otro período de retraso y no constituye, por su propia naturaleza,...
La audiencia es un momento formal dentro de un proceso judicial. Puede servir para discutir incidentes, presentar argumentos, recibir pruebas, intentar conciliaciones o dejar el expediente en estado de fallo, s...
Forma de intervención atribuida a quien realiza la infracción por sí mismo, conjuntamente con otros o utilizando a otra persona como instrumento, según los supuestos legales.
Conjunto igualitario de deberes y derechos de la madre y el padre respecto de sus hijos menores de edad, orientado a su protección, educación, representación y desarrollo integral.
Bien de familia es un inmueble protegido legalmente para beneficio de la familia. Su finalidad es que ese bien sirva de protección al patrimonio familiar y, en principio, no pueda ser embargado ni vendido libre...
Expresión que significa «de buena fe» y describe la actuación honesta, leal y confiada de quien desconoce razonablemente un vicio o respeta los deberes de conducta jurídica.