Detalle
Conclusiones. Ha sido juzgado que las conclusiones subsidiarias constituyen pedimentos expresos vertidos por las partes con el interés de que, si no son acogidas las conclusiones principales le sean adjudicadas las subsidiarias, o viceversa, incurriéndose en omisión de estatuir cuando el juez elude pronunciarse sobre la pertinencia o no de cualesquiera de ellas, sean principales o subsidiarias.
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