Detalle
Instrucción. Medidas. Es facultad de los jueces del fondo conceder o negar la medida de instrucción de comparecencia personal, cuando la parte que la solicita no advierte al tribunal lo que pretende demostrar con dicha medida y cuando los jueces encuentran en el proceso suficientes elementos de juicio que les permiten formar su convicción en uno u otro sentido.
Pro
Continúa con acceso completo
AbogaDom Pro incluye todas las jurisprudencias y elimina los anuncios de la app.
Ver AbogaDom Pro Ya soy Pro · Iniciar sesión La suscripción se activa y administra desde la app.