Detalle
Testamentos. La prohibición con respecto de quienes pueden figurar como testigos para asistir al testamento, instituida por el artículo 975 del Código Civil es absoluta, ya que, cuando se trata de un testamento por acto auténtico en el cual interviene un oficial público, el incumplimiento de las exigencias establecidas por la ley, afectan la autenticidad y forma del acto.
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