Detalle
Responsabilidad civil. Si bien es cierto que existe la cláusula de limitación de responsabilidad a favor del deudor de la obligación, no es menos verdadero afirmar que dicha cláusula constituye un contrato de adhesión, donde las estipulaciones allí convenidas no son libremente negociadas por las partes, sino que se imponen generalmente por un contratante al otro, lo que constituye una violación al principio de la libertad de contratación consagrada por el artículo 1134 del Código Civil.
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Decisión vinculada a esta ficha.