Detalle
Proceso de embargo inmobiliario. Tribunal arbitral. Ámbito de jurisdicción. El Proceso de embargo no puede ser llevado al fuero arbitral; ya que la forma en que es puesto en venta un inmueble en pública subasta es un asunto de orden público que no puede ser sustraído del foro jurisdiccional al contractual o arbitral, por ser un procedimiento complejo, al tener el persiguiente que cumplir con una multiplicidad de actos y plazos legales para su validez y culminación, por tener un régimen especial para las contestaciones incidentales y nulidad. Artículos 2, numeral 1 y 3 numeral 2, en aplicación combinada con el Artículo 6 del Código Civil.
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