Detalle
Procedimiento penal. Debido proceso. Control de duración. Extinción de la acción penal y prescripción. Diferencias entre ambas figuras: La extinción de la acción penal es el cese, en principio, de toda investigación, acusación o enjuiciamiento, por lo que constituiría un punto final al ejercicio de la acción penal, entre ellas, la prescripción, mientras que la prescripción es la extinción de la acción penal, por haber llegado y pasado el tiempo fijado por el legislador para perseguir la infracción y de esta manera dar por terminado la incertidumbre que podría suponer una acción penal abierta de manera indefinida.
Fuente original
Decisión vinculada a esta ficha.