Detalle
Acción civil. Si bien es cierto que el artículo 124 del Código Procesal Penal, dispone que una de las causas por las cuales la acción civil se considera tácitamente desistida, lo es el hecho de que el actor civil no comparezca a la audiencia preliminar o al juicio sin justa causa, no menos cierto es que tal situación está supeditada a una citación regular previa.
Fuente original
Decisión vinculada a esta ficha.