Detalle
Ministerio público. Funciones. Si bien es cierto que el Ministerio Público constituye uno de los actores principales del proceso penal, no es menos cierto que en virtud del artículo 22 del Código Procesal Penal, las funciones correspondientes al Ministerio Público, de investigación, persecución y defensa de los derechos e intereses de la población, están separadas de las atribuciones jurisdiccionales que son de la exclusiva competencia de los jueces del orden judicial.
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Decisión vinculada a esta ficha.