Detalle
Amparo. La acción de amparo no será admisible en los siguientes casos: a) Cuando se trate de actos jurisdiccionales emanados de cualquier tribunal de los que conforman el Poder Judicial; y b) Cuando la reclamación de amparo no hubiera sido presentada a los treinta días que siguen a la fecha en que el agraviado tuvo conocimiento de la conculcación de sus derechos.
Fuente original
Decisión vinculada a esta ficha.