Detalle
Objetos secuestrados. Es de principio que, en materia penal, los objetos que han sido incautados o secuestrados en ocasión de un proceso, permanecerán retenidos mientras dure la investigación por parte del Ministerio Público, y sólo cuando no sea indispensable conservarlos podrían ser devueltos, una vez quede establecida con claridad la identificación del objeto reclamado y comprobada la titularidad del derecho de propiedad sobre la cosa que se requiere.
Fuente original
Decisión vinculada a esta ficha.