Detalle
Inhibición. Con la dimensión objetiva de la imparcialidad, no se cuestiona la probidad moral del juzgador, sino que se atiende a la circunstancia natural de que el contacto previo con el proceso produce una afectación de juicio que bien pudiese comprometer su neutralidad de cara a una nueva instrucción.
Fuente original
Decisión vinculada a esta ficha.