Detalle
Extradición. Lavado de activo. Devolución de Bienes. Alcance de los convenios de extradición. No solo se obliga el juzgador a extraditar en el marco del Tratado de Extradición entre la República Dominicana y Estados Unidos de 1909, si el ilícito está sancionado en las legislaciones internas del país solicitante y del país receptor, sino que puede equiparar el ilícito a infracciones que por sus efectos sean los mismos, sean internas o provenientes de tratados internacionales.
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