Detalle
Prueba indiciaria, indirecta, circunstancial, conjetural o de presunciones. Es aquella que a partir de la demostración de un hecho base, permite deducir la ejecución del hecho delictivo y/o participación en el mismo –hecho consecuencia- siempre que exista un enlace preciso y directo entre aquéllos y éste. Su identificación no vulnera el principio de presunción de inocencia.
Fuente original
Decisión vinculada a esta ficha.