Detalle
Denominación. Comercial. Personalidad. El tribunal yerra en su sentencia al sustentar su decisión en el criterio que sostiene que las denominaciones comerciales se encuentran desprovistas de personalidad y existencia jurídica, lo que si bien en principio les impide actuar en justicia, sin embargo, se les reconoce una capacidad pasiva para ser válidamente demandadas cuando contraen obligaciones de hecho.
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