Detalle
Prueba. Examen. Son los jueces del fondo, quienes están en aptitud de determinar cuando la referida presunción es destruida por la prueba en contraria, para lo cual gozan de un soberano poder de apreciación de las pruebas que se les sometan, el cual escapa al control de la casación, salvo cuando incurran en alguna desnaturalización.
Pro
Continúa con acceso completo
AbogaDom Pro incluye todas las jurisprudencias y elimina los anuncios de la app.
Ver AbogaDom Pro Ya soy Pro · Iniciar sesión La suscripción se activa y administra desde la app.