Detalle
Derecho Tributario. Exenciones fiscales. Zonas de Incentivo Turístico. Alcance. Un inversionista que le compra al inversor principal de un proyecto turístico que se beneficia de las exenciones de la Ley No. 158-01, debe aprovecharse de las mismas, siempre y cuando no modifique la vocación del inmueble.
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