Detalle
Fardo de la prueba en materia tributaria. Contribuyentes. Cuando han existido incongruencias en las declaraciones que fueron oportunamente presentadas por el contribuyente, el fisco es quien se encuentra en mejor condición de probar tales incongruencias a la jurisdicción contencioso-tributaria, eliminando tal presunción por medio del aporte del correspondiente expediente administrativo o cualquier medio de prueba.