Detalle
Despido y medida de coerción. Que un trabajador tenga una medida de coerción ante la jurisdicción penal como tal, no implica necesariamente la comisión de un hecho, considerarlo así sería violentar los derechos fundamentales del trabajador y la presunción de inocencia reconocida por la Constitución de la República.
Fuente original
Decisión vinculada a esta ficha.