Detalle
Contencioso administrativo. Función pública. Procede agotar cabalmente el debido proceso estipulado en la ley a los fines de desvincular a un empleado o funcionario público, ello, aunque, según el parecer de la administración, la comisión de la falta que fundamenta la separación del cargo sea obvia y evidente.
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Decisión vinculada a esta ficha.