Detalle
Contencioso Tributario. Carga de la prueba en el Derecho Procesal Tributario. Si la administración tributaria reclama el cumplimiento de una obligación tributaria, tiene el deber de probar todos los hechos y circunstancias que originaron el hecho generador de la misma. Esa circunstancia no cambia por el hecho de que sea el contribuyente quien impugne, ante el Tribunal Superior Administrativo, actos de la administración tributaria en donde se constaten las obligaciones reclamadas, ya que esa situación no lo convierte en reclamante de una obligación, sino que el Administrado se está defendiendo de una imputación hecha por los poderes públicos, no teniendo que aportar prueba de la no existencia de la obligación tributaria.
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