Detalle
Contencioso Tributaria. Prueba. No corresponde al contribuyente probar la existencia de un hecho negativo, principalmente cuando ese hecho retenido en su perjuicio no constituye una presunción legal, ni deriva de la naturaleza y el contexto jurídico de la situación analizada.
Pro
Continúa con acceso completo
AbogaDom Pro incluye todas las jurisprudencias y elimina los anuncios de la app.
Ver AbogaDom Pro Ya soy Pro · Iniciar sesión La suscripción se activa y administra desde la app.