Detalle
Función pública. Alto nivel. Indistintamente de la
categoría de servidor público de que se trate, el debido proceso resulta ser una garantía inseparable del vínculo generado entre el Estado y el funcionario, no pudiendo ser este derecho excluido bajo ninguna circunstancia cuando al servidor en cuestión se le impute un comportamiento con fines sancionatorios de cualquier índole.
Fuente original
Decisión vinculada a esta ficha.