Detalle
Prueba. Examen. La facultad de que disponen los jueces del fondo de apreciar las pruebas que se les aporten, les permite, entre pruebas disímiles, acoger aquellas que les merezcan créditos y descartar, las que, a su juicio, no estén acordes con los hechos de la causa.
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Decisión vinculada a esta ficha.