Detalle
Procedimiento administrativo. Apelación. Competencia. Atribución. Los jueces procedieron a declarar su incompetencia pero, no examinaron que en el Estado Constitucional y Democrático de Derecho que rige en la República Dominicana, las disposiciones constitucionales, son valores superiores de aplicación inmediata y directa y que por tanto, gozan de la supremacía que le confiere el artículo 6 de la propia Constitución, sobre cualquier ley o texto de ley.
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