Detalle
Recursos. Todo el que recurre ante un tribunal de alzada una sentencia dictada por un tribunal de primer grado, está en la obligación de depositar ante éste el acto de apelación, requisito fundamental sin el cual el juez o tribunal apoderado no podrá determinar la regularidad o no del recurso, ni ponderar los agravios formulados contra la sentencia impugnada, como tampoco si existe realmente la apelación.
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