Detalle
Debido proceso. Constitucional. El debido proceso es concebido como aquel en el cual los justiciables, sujeto activo y sujeto pasivo, concurren en igualdad dentro de un marco de garantías, de tutela y respeto de los derechos, libertades y garantías fundamentales, que le son reconocidos por el ordenamiento, a fin de concluir en una decisión justa y razonable.
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Decisión vinculada a esta ficha.