Detalle
Reconocimiento de paternidad. Prescripción consolidada. Irretroactividad de la ley. La imprescriptibilidad de la acción en reconocimiento de paternidad establecida por la Ley núm. 136-03 no tiene efectos retroactivos sobre las acciones cuya prescripción se consumó bajo la legislación anterior, por constituir situaciones jurídicas consolidadas protegidas por la seguridad jurídica y la irretroactividad de la ley. Para determinar el régimen aplicable, los jueces deben examinar las fechas del nacimiento y de adquisición de la mayoría de edad, así como verificar si la prescripción se había completado antes de la entrada en vigor de la nueva normativa. La presentación posterior de la demanda no permite, por sí sola, aplicar el régimen de imprescriptibilidad.
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