Regulación de la extracción de materiales de la corteza terrestre
La Ley núm. 123 somete la extracción, remoción y dragado de arena, grava, gravilla y piedra para uso comercial o industrial a un régimen de concesiones y permisos, con las excepciones previstas en su texto. Ordena considerar los efectos sobre ríos, costas, terrenos y obras públicas, e incorpora controles y sanciones como antecedente de la regulación ambiental de esta actividad.