Tipo. Penal. Definición. Es la descripción concreta de la conducta prohibida. Es la materia de la prohibición de las prescripciones jurídicas penales. Quien realiza un tipo penal, es decir, quien se comporta en la manera descripta por la materia de la norma, actúa siempre en forma contraria a la norma.
Criterios judiciales
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Querella. Admisibilidad. No siempre la inadmisibilidad de la querella pone fin al procedimiento.
Testimonio. Tacha. La veracidad de las declaraciones de partes interesadas deben ser ponderadas con cautela; sin embargo, no es un motivo válido de impugnación la simple sospecha de falsedad o insinceridad meramente por su calidad en el proceso, sino que deben existir motivos palpables y demostrables de la doblez del t...
Pena. Determinación. Los criterios para la imposición de la pena constituyen parámetros a considerar por el juzgador a la hora de imponer una sanción, pero no se trata de una imposición inquebrantable hasta el punto de llegar al extremo de coartar la función jurisdiccional.
Robo. Camino. Público. Definición. Un camino es público cuando, en hecho, está destinado al uso del público, cuando sirva de paso cotidiano a todo el mundo, de manera que toda persona pueda transitar por él libremente; además, que poco importa que haya sido trazado sobre propiedades privadas y que pertenezca a particul...
Ley. Redacción. Los textos normativos con un lenguaje confuso impiden la verdadera comprensión de la norma. Las leyes no se escriben sólo para conocedores de las ciencias jurídicas, son dirigidas a toda la sociedad.
Pena. Proporcionalidad. El legislador debe castigar la conducta más intensamente lesiva al bien jurídicamente protegido con penas más graves y aquellas menos gravosas desde el punto de vista del principio de lesividad, deberán ser sancionadas obviamente con penas más benignas.
Migrante. Tráfico. Ilícito. El verbo rector del tipo que se le imputa al recurrente detalla en su contenido varias conductas, como son: promover, inducir, constreñir, financiar, trasladar, transportar o colaborar; y en el caso, al actual recurrente se le acusó y condenó por el hecho de haber trasladado indocumentados d...
Inhibición. Con la dimensión objetiva de la imparcialidad, no se cuestiona la probidad moral del juzgador, sino que se atiende a la circunstancia natural de que el contacto previo con el proceso produce una afectación de juicio que bien pudiese comprometer su neutralidad de cara a una nueva instrucción.
Acta. Validez. El hecho de que el acta se haya instrumentado en el lugar donde fue arrestado el recurrente o en la oficina de la sede policial no la hace ilegal, ni contraria a la disposición que rige. Su instrumentación.