Sentencia. Motivación. La motivación es aquel instrumento mediante el cual el tribunal expresa de manera clara y ordenada las cuestiones de hecho y derecho que sirvieron de soporte a su sentencia.
- Boletín
- 1326
- Sentencia
- SCJ-SS-103
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Sentencia. Motivación. La motivación es aquel instrumento mediante el cual el tribunal expresa de manera clara y ordenada las cuestiones de hecho y derecho que sirvieron de soporte a su sentencia.
Prisión. Preventiva. La prisión preventiva es la medida de coerción de mayor restricción de derechos de las establecidas por el legislador, de manera que su aplicabilidad debe ser la excepción y no la regla.
Sentencia. Íntegra. No obstante lo indicado que los jueces deben emitir la sentencia íntegra en un plazo máximo de quince días hábiles subsiguientes al pronunciamiento de la parte dispositiva o del fallo reservado del fondo del recurso, esta situación se trata de un aspecto que debe ser ponderado en función de la carga laboral que sobrelleva el juez o los jueces apoderados del proceso.
Hechos. Subsunción. La labor de subsunción es aquella actividad que el juez realiza luego de fijar los hechos que pudieron ser acreditados por la actividad probatoria.
Ley. Irretroactividad. En este principio se fundamenta la máxima jurídica “tempus regit actus”, que se traduce en que la norma vigente al momento de sucederse los hechos por ella previstos es la aplicable, aunque la misma haya sido derogada con posterioridad.
Alcohol. Intoxicación. La intoxicación plena por consumo de alcohol consiste en la perturbación, habitualmente fugaz, de las facultades tanto físicas como mentales del sujeto artificialmente producida por la excesiva ingestión de bebidas alcohólicas u otras sustancias controladas.
Incesto. Agravante. En nuestro sistema jurídico el referido ilícito no es una figura autónoma, sino una circunstancia agravante que toma un comportamiento sexual en detrimento de la dignidad de la víctima, sea violación sexual o agresión, y aplica una sanción de mayor severidad.
Prueba. Libertad. En nuestro ordenamiento procesal existe la libertad probatoria que no es más que acreditar mediante cualquier elemento de prueba los hechos punibles.
Intención. Dolo. La intención o dolo es un aspecto subjetivo que reside en el agente infractor, es decir, un elemento psíquico o interno que se encuentra en el agente al momento de la ejecución del delito, por lo cual no es algo esencialmente dado, medible en ámbito de la esfera mental o susceptible de ser cuantificado.
Pena. Tipos. El sistema nacional impone como penas privativas de libertad: 1) El arresto por contravenciones; 2) La prisión correccional; 3) La reclusión menor; 4) La detención; 5) La reclusión mayor; 6) La de treinta años de reclusión mayor.